PROPUESTA DE FUNCIONAMIENTO DEL FRENTE CÍVICO
Rosa Blanco, Juan Balsera y Sebastián Martín Recio
(Documento elaborado partiendo de la aceptación de todo el documento de Julio A. “Propuestas sobre la elaboración colectiva”)
1. Introducción. (Rosa y Juan)
Estas ideas propuestas tienen un doble objetivo: facilitar la comprensión del esquema de organización asamblearia del Frente Cívico “Somos Mayoría” (FCSM), ya propuesto anteriormente (Organigrama) y, al mismo tiempo, concretar en lo posible los distintos niveles de participación, representación y toma de decisiones, de forma que se vaya gestando y garantizando el poder soberano de las asambleas de base, que lo constituyen, y por ende caminando hacia la “Soberanía Popular”.
Hoy por hoy, el Frente Cívico lo estamos concibiendo como un espacio abierto para la reflexión -acción – reflexión de la ciudadanía, que está dispuesta a luchar por sus derechos, enmarcados en nuestra Constitución y en la exigencia del cumplimiento de la Declaración Universal de los Derechos Humanos” y la “Declaración Universal de los Derechos de la Tierra”.
En este contexto, el Frente Cívico debe ser el cauce:
o
Para la presentación de ideas, propuestas, proyectos y acciones ciudadanas, vengan de donde vengan, ya sean planteadas por personas de la base o por personas de cualquiera de los niveles de representación.
o
Para el debate colectivo debidamente organizado, acorde con los intereses de la ciudadanía en cada momento, para transformar una realidad con la que no estamos de acuerdo.
o
Para ejercitar la “Democracia participativa” en la toma de decisiones, tanto en lo que se refiere a sus aspectos programáticos, como a los organizativos, los de de comunicación o para acciones puntuales.
o Para incardinar procesos de transformación personales, sociales y políticos, en el marco de la creación colectiva y de la participación transformadora.
Esto exige que el FCSM se dote de una estructura organizativa asamblearia, clara, dinámica, sencilla y rigurosa, aunque con la flexibilidad y sensibilidad necesaria para que las minorías tengan también su cauce de participación y desarrollo.
2. Forma de organización estatal y su plasmación en los estatutos. (Sebastián Martín Recio)
En cuanto a la estructura organizativa, el proyecto de Frente Cívico tiene una vocación estatal, por cuanto persigue un cambio en la correlación de fuerzas sociales y de opinión para un cambio radical en nuestro país, es lógico pensar que ese ámbito estatal ha de dotarse igualmente de una organización con señas de identidad y normas de funcionamiento propios, siendo, además, el referente global de la estrategia de este proyecto...
Resulta entonces que la confluencia de las iniciativas de cada territorio, sea el estatal, el de comunidad autónoma o nacionalidad, provincia, comarca o Municipio, va a ser un proceso lento, asimétrico, determinado por las circunstancias de cada territorio, con una dialéctica de identidades y de soberanías, y un nivel variado de participación, elaboración y movilización..., así como de elaboración y decisiones del conjunto de las asociaciones del Frente que se vayan organizando. La fórmula que hasta hoy se viene empleando para este tipo de Asociaciones es la Federación o Confederación de Asociaciones. Esto es lo que de manera lo más básica y con la mayor agilidad debiera constituirse y registrase, para evitar incluso "usurpaciones" que puedan originarse con el simple hecho de registrar el nombre antes que lo hagan los portavoces auténticos y fundadores del Frente... Si la Federación o Asociación de Andalucía ya está constituida, pues mejor, así es la primera federación en estar presente en la Federación Estatal o Confederación del Frente Cívico...
Ahora bien, cada Asamblea constituida como Asociación podría federarse en la Federación (valga la redundancia) o Confederación Estatal... Pero, y esto es trascendental, habría de reunir una serie de requisitos y por tanto estar nítidamente contemplados en sus Estatutos... Estos requisitos debieran ser al menos:
-Formas democráticas de elección y revocación. Soberanía de las Asambleas en sus competencias. Transparencia total en la gestión y administración de los recursos y de las decisiones.
-Mecanismos periódicos de rotación de los cargos y duración limitada de las responsabilidades.
-Ningún miembro puede cobrar ningún tipo de remuneración por su dedicación a las labores del Frente Cívico.
-La Asamblea ha de aprobar su programa partiendo, y así ha de hacerse constar en los Estatutos, del programa básico, de inicio para el debate, de los 10 puntos (ampliados a 14), así como del contenido de los manifiestos publicados del Frente Cívico...
-Los Estatutos han de contemplar los mecanismos de participación y elaboración colectiva que garanticen la identidad democrática y participativa del Frente Cívico.
-Las Asambleas han de estar en contacto con las movilizaciones que coincidan programáticamente con el Frente, así como con los movimientos sociales de izquierdas y transformadores de su ámbito territorial o sectorial...
De esta manera, se garantizaría que esa variedad o diversidad de asambleas que vayan constituyéndose tendrían unos aspectos o identidades comunes que harían coherente el conjunto federal...
Todo ello sin olvidar que, periódicamente, en función de la realidad social y de la participación colectiva, los Estatutos y los programas del Frente Cívico habrán de completarse o mejorarse...
3. Fórmulas para la representación y la toma de decisiones. (Rosa y Juan )
El Frente Cívico se dotará de cuatro niveles organizativos, tanto para la elaboración de contenidos, propuestas, etc., del estilo que sean, como para la toma de decisiones al respecto.
Estos cuatro niveles organizativos serán los siguientes:
3.1. Nivel Local:
En este nivel se incluyen tanto las Asambleas de Distrito, de Pueblos, Comarcales o de Ciudad. Y teniendo en cuenta que la población de las distintas localidades es muy desigual en unos casos y otros, se plantea constituir Asambleas Locales que alberguen a una población más o menos similar y puedan facilitar el debate y la toma de decisiones de una manera justa y democrática. Todas las decisiones estarán residenciadas en esta estructura organizativa y de ella emanarán todas las propuestas y acuerdos del Frente Cívico.
En su seno se crearán tantas Comisiones de trabajo o Áreas de Elaboración Colectiva (según documento de Julio A.) como la Asamblea Local estime oportuno, siempre que estén suficientemente respaldadas, para su buen funcionamiento y desarrollo. Como mínimo habrá tres Comisiones (Programa, Comunicación, Organización) (como mínimo solo Programa), al igual que en los otros niveles organizativos. En el seno de las mismas se nombrará a una persona Coordinadora de la citada comisión.
Su Órgano de gestión y de gobierno será la Comisión Local, (que será
elegida en el seno de la asamblea local y que contará con un equipo como mínimo
con coordinación, secretaría, tesorería, comunicación y organización, y al que
podrán incorporarse las personas designadas por las áreas) que quedará conformada por todas las personas coordinadoras de las distintas comisiones, junto con la que resulte elegida por la propia asamblea, para la coordinación local. (Suprimiríamos el resto del párrafo después de Comisión Local)
Para someter cualquier propuesta a la Asamblea Local debe de estar avalada por la Comisión Local o (por cualquier persona que forme parte de pleno derecho de
la asamblea local) con el respaldo de un porcentaje determinado de personas afiliadas, asistentes a dicha asamblea (suprimiríamos tema del porcentaje).
En las asambleas locales se inicia el proceso de todas aquellas propuestas elaboradas por personas individuales o por las Áreas de Elaboración Colectiva (AEC), según documento de Julio A.
Para aquellas propuestas que estén en su ámbito de competencia local, se inicia el proceso de estudio y debate en el seno de la asamblea
(se intentará primero buscar un consenso y, en caso de no conseguirse,…) se finalizaría con la votación de las propuestas, siendo necesaria la mayoría absoluta para su aprobación.
Las personas delegadas o representantes, que vayan a formar parte de los niveles organizativos superiores se elegirán en la proporción que se determine en los Estatutos del FCSM
Sistema de Votación.
Las votaciones se realizarán a mano alzada cuando sean propuestas programáticas, organizativas o de cualquier tipo que no implique el nombramiento de personas. Pasarán al nivel superior tanto las que hayan obtenido la mayoría de la asamblea como aquellas que hayan superado un porcentaje suficientemente importante y significativo.
Las votaciones para elegir a personas se realizarán con votación secreta entre aquellas candidaturas presentadas, a título individual o de forma colectiva, al comienzo de la asamblea.
El sistema de votación para la elección de personas será el siguiente:
o
La afiliación votará a las personas que estime adecuadas, hasta un máximo de los puestos a cubrir, entre todas las candidaturas que se hayan presentado, y que cumplan los requisitos establecidos en estos estatutos.
o
El reparto de puestos a designar se realizará proporcionalmente entre las distintas candidaturas presentadas. Para ello se otorgará a cada candidatura la suma de votos que hayan obtenido todos sus candidatos presentados en una lista. Después se le adjudicará a cada una un número de delegaciones resultante del reparto proporcional, asignando, en primer lugar, los números enteros y, posteriormente, los restos de mayor a menor, hasta cubrir todos los puestos.
o
Una vez obtenido los votos asignados a cada candidatura presentada, se suman todos los votos válidos de todas las candidaturas.
o
La suma obtenida la dividimos por el número de puestos asignados a esa Asamblea Local y nos dará un cociente
o
Los votos obtenidos por cada candidatura se dividen por el cociente obtenido anteriormente y nos dará el número entero correspondiente de personas delegadas elegidas (delegaciones).
o
Dichas delegaciones se asignarán entre las distintas candidaturas, según el número de votos obtenidos por cada persona candidata, en orden decreciente de mayor a menor.
3.2 Nivel Provincial
Todas las asambleas locales de una misma provincia o comunidad (en el caso de las comunidades uniprovinciales) constituyen la Asamblea Provincial,
La misión de esta asamblea será:
o
Buscar la síntesis de los debates y propuestas que hayan sido aprobados en las distintas Asambleas Locales (llamadas también asambleas de base).
o
Dinamizar todas aquellas propuestas que sean competencia de su ámbito de actuación.
Todas las propuestas que hayan superado un porcentaje suficientemente importante y significativo de la asamblea pasaran para su toma en consideración a la Asamblea de Comunidad.
En el seno de la Asamblea Provincial se crearán tantas comisiones de trabajo o áreas de elaboración colectiva como la Asamblea Provincial estime oportuno, siempre que estén suficientemente respaldadas, para su buen funcionamiento y desarrollo. Como mínimo habrá también tres comisiones (Programa, Comunicación, Organización) (como mínimo sólo Programa). Dentro de las cuales, y en cada una de ellas, se nombrará a una persona para su coordinación.
El Órgano de Gestión y de Gobierno de la Asamblea Provincial será la Comisión Provincial, (que será
elegida en el seno de la asamblea provincial y que contará con un equipo como
mínimo con coordinación, secretaría, tesorería, organización y comunicación, y
al que podrán incorporarse las personas designadas por las áreas) que quedará conformada por todas las personas que coordinan las distintas comisiones de trabajo a este nivel, junto con una más, elegida por la citada Asamblea, para la Coordinación Provincial. (Suprimiríamos el resto del párrafo después de Comisión Provincial)
En las Asambleas Provinciales se inicia el proceso de todas aquellas propuestas, elaboradas por personas individuales o por las AEC, que hayan sido propuestas y creadas por las distintas Comisiones Provinciales. También pueden presentar propuestas cualquier asamblea local o la agrupación de al menos un porcentaje significativo de los asistentes a dichas asambleas provinciales.
Para someter cualquier propuesta a la Asamblea Provincial, ésta debe estar avalada por cualquier Asamblea Local, la Comisión Provincial o con el aval suficiente de los asistentes a la Asamblea Provincial.
Para aquellas propuestas que estén en su ámbito de competencia Provincial, se inicia el proceso de estudio y debate en el seno de la misma (se intentará primero buscar un consenso y, en caso de no
conseguirse,…) y se finalizaría con la votación (por mayoría absoluta) de las propuestas que se hayan sometido a su aprobación.
Excepcionalmente, la Asamblea Provincial elegirá (entre quienes asisten a la misma) hasta un máximo de un 10% de delegados y delegadas, que se hayan nombrado por las Asambleas Locales para ir como representantes a la Asamblea de la Comunidad.
Este porcentaje deberá servir para facilitar la participación de grupos minoritarios, ponentes concretos, o personas que no hayan sido elegidos en su Asamblea Local y se considere necesaria su participación en el nivel organizativo superior.
3.3. Nivel de Comunidad Autónoma
La Asamblea de Comunidad o Territorio se constituye con las personas elegidas, a este fin, procedentes de todas las Asambleas Locales y Provinciales de una misma Comunidad Autónoma. (Dar la posibilidad que en los estatutos de las distintas CCAA se pueda optar por esta composición o por la de que todas las asambleas provinciales constituyan la Asamblea de Comunidad)
La misión de esta Asamblea será:
o
Buscar la síntesis de los debates y propuestas que hayan sido aprobados en las distintas Asambleas Provinciales.
o
Dinamizar todas aquellas propuestas que sean competencia de su ámbito de actuación.
Todas las propuestas que hayan superado un porcentaje suficientemente importante y significativo de los votos de la Asamblea de Comunidad pasarán para su toma en consideración a la Asamblea Estatal.
En la Asamblea de Comunidad se crearán tantas Comisiones de trabajo o AEC como la Asamblea estime oportuno, siempre que estén suficientemente respaldadas, para su buen funcionamiento y desarrollo. Como mínimo habrá las tres Comisiones citadas en los niveles organizativos anteriores (Programa, Comunicación y Organización) (como mínimo sólo Programa). Dentro de las mismas y en cada una de ellas, se nombrará a una persona para la coordinación a este nivel organizativo.
Su Órgano de Gestión y de Gobierno será la Comisión de Comunidad Autónoma, (que será
elegida en el seno de la asamblea provincial y que contará con un equipo como
mínimo con coordinación, secretaría, tesorería, organización y comunicación, y
al que podrán incorporarse las personas designadas por las áreas) que quedará conformada por todas las personas que coordinan las citadas comisiones de este nivel organizativo, junto con una más, elegida por la Asamblea de Comunidad Autónoma, para esta coordinación. (Suprimiríamos el resto del párrafo después de Comisión Comunidad Autónoma)
Para someter cualquier propuesta a la Asamblea de Comunidad, ésta debe estar avalada por cualquier Asamblea Provincial, la Comisión de Comunidad Autónoma o con el aval suficiente de los asistentes a la Asamblea de Comunidad.
Para aquellas propuestas que estén en su ámbito de competencia de Comunidad Autónoma, se inicia el proceso de estudio y debate en el seno de la misma (se intentará primero buscar un consenso y, en caso de no
conseguirse,…) se finalizaría con la votación (por mayoría absoluta) de las propuestas que se hayan sometido a su aprobación.
Excepcionalmente, la Asamblea de Comunidad Autónoma elegirá (entre quienes asisten a la misma) hasta un máximo de un 10% de delegados y delegadas (en su caso, representantes), que se hayan nombrado por las Asambleas Provinciales para ir como representantes a la Asamblea Estatal.
Este porcentaje deberá servir para facilitar la participación de grupos minoritarios, ponentes concretos, o personas que no hayan sido elegidos en su Asamblea Provincial y se considere necesaria su participación en el nivel organizativo superior.
3.4. Nivel Estatal
La Asamblea Estatal del Frente Cívico será constituida con las delegaciones (los representantes), elegidas para esta finalidad, procedentes de todas las Asambleas Locales, Provinciales y de Comunidad Autónoma del territorio Estatal.
La misión de la Asamblea Estatal será:
o
Buscar la síntesis de los debates y propuestas que hayan sido aprobados en las distintas Asambleas Provinciales y de Comunidad Autónoma.
o
Impulsar y dinamizar todas aquellas propuestas que sean competencia de su ámbito de actuación.
En su seno se crearán tantas Comisiones de trabajo o Áreas de Elaboración Colectiva como la Asamblea Estatal estime oportuno, para su buen funcionamiento y desarrollo. Como mínimo se crearán las tres comisiones que funcionan en los demás niveles organizativos (Programa, Comunicación y Organización) (como mínimo sólo Programa). En cada comisión se nombrará, entre sus miembros, a una persona coordinadora de la misma.
Su Órgano de Gestión y de Gobierno será la Comisión Estatal de Coordinación del Frente Cívico. (será elegida en el seno de la
Asamblea Estatal y que contará con un equipo como mínimo con coordinación,
secretaría, tesorería, organización y comunicación, y al que podrán
incorporarse las personas designadas por las áreas) Esta comisión la conformarán todas las personas coordinadoras de las distintas comisiones estatales, junto con una más elegida por la citada Asamblea Estatal, para su coordinación. (Suprimiríamos el resto del párrafo después de Comisión Estatal de Coordinación del Frente Cívico)
Para someter cualquier propuesta a la Asamblea, ésta debe estar avalada por cualquier Asamblea de Comunidad Autónoma, la Comisión Estatal de Coordinación del Frente Cívico o con el aval del 10 % de la afiliación asistente a la Asamblea Estatal
Las propuestas sometidas a votación quedarán aprobadas por (consenso o…) mayoría absoluta de asistentes a la Asamblea Estatal y serán asumidas por el conjunto de la organización.
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